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<title>Accidentes de tráfico </title>
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<pubDate>Thu, 18 Mar 2010 19:07:34 +0100</pubDate>
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<title>Accidentes de tráfico </title>
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	<title>Aprenda que hacer, aparte del &quot;susto inicial&quot;</title>
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		<description><![CDATA[<div class="text">
<h3 class="post-title entry-title"></h3>
<div class="post-body entry-content"><img style="display: block" src="http://www.enunblog.com/uploads/z/zannen/1904.jpg" alt="" width="280" height="210" /><br /> <br />
<div style="text-align: justify"><span style="font-family: arial">Cuando nos vemos involucrados en un accidente de tráfico, aparte del “susto inicial”, hay que hablar con el otro conductor a modo de rellenar conjuntamente el “parte amistoso de accidente”, a no ser que nos encontremos con una situación de enfrentamiento o de falta de acuerdo, donde es conveniente siempre llamar a la Policía Nacional, Local o Guardia Civil.</span></p>
<p> <span style="font-family: arial">Los agentes una vez que concurran en el lugar levantarán el consiguiente Atestado con valor probatorio al efecto de depurar responsabilidades y reclamar daños extrajudicial o judicialmente.</span>  <span style="font-family: arial">Si el otro conductor es poco colaborador siempre es aconsejable recopilar todos los datos identificativos del mismo (matrícula del coche, testigos presenciales).</span></p>
<div style="text-align: justify"><span style="font-family: arial">Si ha habido lesiones es conveniente también solicitar los partes médicos correspondientes y que en los mismos figure que la causa de las lesiones fue el accidente de circulación.</span></p>
<p> <span style="font-family: arial">Este informe médico también servirá de prueba a la hora de fijar las indemnizaciones correspondientes, y por lo tanto de reclamar su importe a la Compañía Aseguradora. Inmediatamente habrá que comunicarlo a la Compañía Aseguradora en el plazo de 7 días.</span></p>
<p> <span style="font-family: arial">Si consideramos que la responsabilidad es del otro conductor tenemos un plazo de 6 meses para interponer denuncia penal, y si no es constitutivo de delito 1 año para la reclamación civil.</span></p>
<p> <span style="font-family: arial">Siempre hay que leerse con detenimiento las cláusulas de la <a href="http://todoseguros.info/seccion_polizas_208.html">póliza de seguro </a>ya que entre las mismas puede haberse aceptado la cobertura de un seguro de defensa jurídica .</span></div>
</div>
</div>
</div>
<p><a href="http://accidentesauto1.nireblog.com/post/2008/10/24/aprenda-que-hacer-aparte-del-susto-inicial#comments">Comments</a></p>]]></description>
	<pubDate>Fri, 24 Oct 2008 16:05:43 +0100</pubDate>	</item>
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